Custodia Compartida y Pensión de Alimentos: Guía Completa 2025

Custodia Compartida y Pensión de Alimentos: Guía Completa 2025

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La custodia compartida es una opción cada vez más común que busca el equilibrio y la corresponsabilidad de ambos padres. Sin embargo, surgen dudas inevitables: ¿en este caso, se sigue pagando pensión de alimentos? Esta guía te aclara, de forma sencilla y actualizada para 2025, cómo funcionan juntos estos dos conceptos para proteger siempre el bienestar de tus hijos.

Lo esencial en un vistazo

  • La custodia compartida NO anula automáticamente la pensión de alimentos. Depende de la diferencia de ingresos entre los padres.
  • El objetivo es que los hijos mantengan un nivel de vida similar en ambos hogares.
  • Es clave diferenciar entre pensión alimenticia y reparto de gastos extraordinarios (como ortodoncia o clases especiales).
  • Las cantidades pueden modificarse si cambian vuestras circunstancias económicas o las necesidades de los hijos.

1. La gran pregunta: ¿Con custodia compartida, hay pensión de alimentos?

Es el mito más extendido y la respuesta es: no siempre, pero sí con frecuencia. La ley establece que ambos padres deben contribuir al sustento de sus hijos en proporción a sus recursos.

¿Cuándo suele fijarse una pensión?

Cuando existe un desequilibrio económico notable entre los progenitores. Por ejemplo, si uno tiene unos ingresos significativamente más altos que el otro, lo habitual es que deba pasar una pensión al progenitor con menores recursos para compensar y garantizar que los niños tengan una vida equiparable en ambas casas.

¿Y cuándo no es necesaria?

Si ambos padres tienen ingresos y gastos muy similares, y los periodos de convivencia con los hijos son equilibrados, es posible acordar que no habrá pensión. En su lugar, cada uno asume los gastos ordinarios (comida, actividades) cuando los niños están con él, y los gastos extraordinarios se reparten al 50%.

2. ¿Cómo se calcula la cuantía? Factores clave

No existe una fórmula matemática única, pero los jueces se basan en varios elementos para decidir una cifra justa.

Los ingresos y gastos de cada progenitor

Se analizan todos los recursos económicos: nóminas, beneficios, alquileres... y también los gastos fijos (hipoteca, préstamos). El objetivo es determinar la capacidad real de aportación de cada uno.

Las necesidades específicas de los hijos

No es lo mismo un niño de 5 años que uno de 15. Se consideran los gastos de escolaridad, alimentación, vestido, atención médica, actividades extraescolares y cualquier necesidad especial que tengan.

El uso de la vivienda familiar

Si uno de los progenitores se queda viviendo en la casa familiar con los hijos, esto se valora como una contribución en especie y puede influir para reducir la cuantía de la pensión a pagar.

3. Organizar los gastos: ordinarios vs. extraordinarios

Para evitar conflictos, es fundamental dejar claro qué cubre cada cosa.

Gastos ordinarios (los de siempre)

Son los previsibles y periódicos: comida, material escolar, actividades rutinarias. Si hay pensión, normalmente van incluidos. Si no la hay, cada padre suele asumirlos durante su tiempo de custodia.

Gastos extraordinarios (los imprevistos o especiales)

Son necesarios pero no periódicos: gafas, ortodoncia, un viaje escolar, tratamiento médico no cubierto. Para estos, se necesita el acuerdo previo de ambos padres y normalmente se pagan al 50%. Lo ideal es detallar en el convenio regulador cómo se decidirán y pagarán.

4. ¿Y si la situación cambia? Modificación o fin de la pensión

La sentencia no es inamovible. La vida da giros y la ley lo contempla.

¿Cuándo se puede modificar?

Si ocurre un cambio sustancial en vuestras vidas: uno de vosotros pierde el trabajo, tiene un ascenso importante, los hijos desarrollan nuevas necesidades... En estos casos, se puede solicitar al juez una revisión para aumentar, reducir o suprimir la pensión.

¿Cuándo termina la obligación?

Principalmente cuando el hijo se independiza económicamente. Aunque cumpla 18 años, si sigue estudiando y no tiene ingresos, la obligación suele continuar. También puede extinguirse si el hijo cambia su residencia de forma estable.

5. Impago de la pensión: consecuencias graves

No cumplir con esta obligación tiene repercusiones serias, porque se considera un derecho fundamental de los hijos.

¿Qué se puede hacer?

El progenitor afectado puede acudir a la vía civil para reclamar las cantidades adeudadas, solicitando el embargo de nómina o cuentas bancarias del deudor. Si el impago es reiterado y consciente, también puede constituir un delito de abandono de familia, con posibles multas e incluso penas de prisión.

Ante un impago, es crucial actuar con rapidez y asesoramiento legal para proteger los intereses de los niños.

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Conclusión: Un acuerdo claro, un futuro más estable

La custodia compartida es un gran paso hacia la corresponsabilidad, pero requiere una buena organización económica. La clave está en entender que la pensión de alimentos no es un "castigo", sino un mecanismo para garantizar que vuestros hijos tengan una infancia estable y segura en ambos hogares.

Un convenio regulador bien redactado, con la ayuda de un abogado especializado, es la mejor herramienta para prevenir conflictos y establecer las reglas del juego de manera justa y clara. En Divorcio Sereno estamos para ayudarte a conseguirlo, conectándote con los profesionales que necesitas para que tus hijos sean siempre lo primero.

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